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CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE PROMOCIONES Y DEFINITIVIDADES, DE CATEGORÍA O NIVEL

Convocatoria 2026

LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CAMPECHE

CON FUNDAMENTO EN EL TÍTULO V DEL ESTATUTO DEL PERSONAL ACADÉMICO:

CONVOCA

Al personal académico que ejerce una plaza en activo en los niveles medio superior y superior a participar en el CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE PROMOCIONES Y DEFINITIVIDADES, DE CATEGORÍA O NIVEL, en términos de la Legislación Universitaria, la normatividad aplicable y el Contrato Colectivo de Trabajo vigente, de acuerdo a las siguientes:

BASES

1. OBJETIVO GENERAL.

Generar el mecanismo institucional para el otorgamiento de promociones y definitividades de categoría o nivel del personal académico a través del reconocimiento a la labor profesional, la dedicación y desempeño de sus funciones sustantivas, así como el esfuerzo realizado para elevar su formación académica que tengan como propósito la atención integral del estudiante.

2. DE LAS PLAZAS SUJETAS A PROMOCIÓN O DEFINITIVIDAD.

Las plazas sujetas al procedimiento de evaluación para obtener una promoción o definitividad son las establecidas en el Estatuto del Personal Académico y que se encuentren disponibles de acuerdo a la suficiencia presupuestaria de la Institución, las cuales podrán ser ocupadas por las o los solicitantes que obtengan un dictamen favorable en la evaluación, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos para ejercer dicha plaza.

3. REQUISITOS GENERALES PARA PARTICIPAR.

Los requisitos para participar en el proceso de evaluación son los siguientes:

  • Contar con el grado académico (título y/o grado y la cédula profesional correspondiente) de acuerdo con la categoría en la que participa, conforme a los requisitos académicos para el ingreso y a los distintos niveles educativos que se especifican en el Estatuto del Personal Académico, los demás requisitos específicos señalados en la normatividad aplicable y a lo establecido en la siguiente tabla:

    NIVEL MEDIO SUPERIOR

    CATEGORÍAGRADO ACADÉMICO
    ASIGNATURALICENCIATURA
    TÉCNICO DOCENTELICENCIATURA
    PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO(PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO A) LICENCIATURA
    (PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO B Y C) MAESTRÍA

    * LOS PROFESORES DEBERÁN CONTAR CON CERTIFICACIÓN EN COMPETENCIAS DOCENTES DE NIVEL MEDIO SUPERIOR

    NIVEL SUPERIOR

    CATEGORÍAGRADO ACADÉMICO
    ASIGNATURAMAESTRÍA
    TÉCNICO DOCENTE
    PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO
    MAESTRÍA
    (PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO A Y B) MAESTRÍA
    (PROFESOR E INVESTIGADOR ASOCIADO C) MAESTRÍA O DOCTORADO
    PROFESOR E INVESTIGADOR TITULAR(PROFESOR E INVESTIGADOR TITULAR A, B Y C) DOCTORADO
  • Para las áreas disciplinarias de lengua extranjera, acreditar la certificación que exige la plaza en la categoría y nivel correspondiente.
  • Ser parte del personal académico en activo.
  • Contar, preferentemente, con perfil académico reconocido por la Secretaría de Educación Pública y/o certificaciones vigentes expedidas por un órgano reconocido (Perfil deseable PRODEP, SNII, certificación de competencias profesionales y/o docentes, entre otros).
  • Presentar evidencias de su formación profesional, docente y de investigación.

Son impedimentos para participar en el procedimiento de definitividad o promoción:

  • Estar en superación académica por obtener una beca salario o en año sabático.
  • Ocupar una plaza de confianza o ejercer una plaza de personal administrativo a la fecha de la publicación de la convocatoria;
  • Haber obtenido una licencia sin goce de salario en tres años inmediatos anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria;
  • Haber obtenido una promoción en tres años inmediatos anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria;
  • Haber sido sancionado durante el periodo a evaluar conforme a la presente convocatoria, por actos, omisiones o faltas calificadas por autoridad universitaria, administrativa, jurisdiccional o por investigación administrativa conforme a la legislación universitaria y normatividad aplicable;

4. PROCEDIMIENTO

4.1. De la presentación de solicitudes:
  • La plataforma institucional que servirá como medio para la publicación de la convocatoria será la página web institucional www.uacam.mx
  • El personal académico deberá registrar su solicitud de promoción o definitividad en la liga de acceso al portal del Concurso de Oposición https://concursodeoposicion.uacam.mx/ donde ingresarán los archivos de forma digital para la integración de su expediente con la documentación soporte que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria y los señalados en el Estatuto del Personal Académico, a partir de las 15:00 horas del 30 de enero y hasta las 23:59 horas del día 28 de febrero de 2026.
  • La entrega de la solicitud y los documentos correspondientes no significa la aceptación para participar, ya que éstos deberán pasar por un proceso de revisión en el que se determinará si el personal académico reúne los requisitos previstos.
  • El personal académico cuya documentación no cumpla con los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en lo que establece el Estatuto del Personal Académico, no podrán participar en este procedimiento.
4.2. De la integración del expediente:

El personal académico que reúna los requisitos generales para participar en el procedimiento de evaluación de promociones y definitividades, deberán entregar la documentación soporte integrada en un expediente con las siguientes características:

  • Solicitud de participación (oficio de solicitud de promoción o definitividad).
  • Curriculum Vitae.
  • La formación académica (título profesional, grado, cédula profesional o revalidación de estudios del tipo superior por la Secretaría de Educación Pública en caso de estudios en el extranjero).
  • Su labor y experiencia docente.
  • Su labor y experiencia en investigación.
  • Sus antecedentes de trabajo académico y experiencia profesional.
  • Su labor de difusión cultural.
  • Su labor académico administrativa
  • Su intervención en la formación de personal académico.
  • Información complementaria que aporte evidencia al perfil requerido.
4.3. Del procedimiento de evaluación:

La evaluación de las solicitudes se realizará bajo los siguientes términos:

  • La Comisión Dictaminadora de los Departamentos Académicos realizarán la evaluación de las solicitudes, con base en la verificación del cumplimiento de los requisitos, así como de sus antecedentes de desempeño académico y profesional, en apego al instrumento de evaluación establecido.
  • La Comisión Dictaminadora emitirá el dictamen correspondiente, en el cual se señalará el cumplimiento de los requisitos y lo enviará al Consejo Técnico del Departamento Académico para su ratificación.
  • En el caso de Centros de Investigación, el dictamen de cumplimiento deberá realizarse por un Sinodo integrado como mínimo por tres profesores adscritos al mismo, que será enviado para ratificación del Coordinador Administrativo y del Titular de la Unidad Responsable. La ratificación debe contar con el visto bueno del Titular de la Dirección General de Estudios de Posgrado e Investigación.
  • Las evaluaciones realizadas por las instancias anteriormente mencionadas, serán enviadas a la Comisión Evaluadora de Promociones y Definitividades, la cual deberá analizar los expedientes y emitir el dictamen definitivo. Dicho dictamen deberá ser enviado al H. Consejo Universitario para su aprobación y ratificación correspondiente.
4.4. Del mecanismo de evaluación:

La evaluación se realizará conforme a lo dispuesto en el Título V, Capítulo VI del Estatuto del Personal Académico y a la normatividad aplicable al proceso.

De haber alguna situación no contemplada en esta convocatoria, y en caso de requerirse alguna interpretación, la Comisión Evaluadora de Promociones y Definitividades resolverá conforme a criterios académicos y administrativos con la intervención del Órgano Interno de Control.

5. DE LOS RESULTADOS

Con base en los dictámenes emitidos y en la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, los resultados se comunicarán a través de los medios institucionales que correspondan.

6. DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

El Personal Académico tendrá derecho a solicitar el recurso de reconsideración conforme a lo establecido en el Título IX del Estatuto del Personal Académico.

La publicación de esta convocatoria fue autorizada por el H. Consejo Universitario en su sesión ordinaria del mes de enero de 2026, en atención a lo dispuesto en el artículo 8, Fracción IX de la Ley Orgánica, a lo establecido en el Estatuto del Personal Académico y demás ordenamientos aplicables en la Universidad Autónoma de Campeche.

Ciudad Universitaria, a 30 de enero de 2026.

DEL ENIGMA SIN ALBAS A TRIÁNGULOS DE LUZ

1

Preparación del expediente

Reunir los documentos probatorios en formato PDF es el primer paso para la postulación.

2

Carga en plataforma

El sistema en línea permite la carga segura del expediente desde un equipo de cómputo.

3

Seguimiento del proceso

Una vez enviado, el expediente será analizado por las comisiones correspondientes.

4

Recepción de resultados

Se notificará el dictamen final y se informarán los pasos a seguir para cada tipo de resultado.

Inicio del proceso de postulación

Plataforma para el registro de solicitudes y carga de expedientes.